Legalidad de la firma electrónica en Portugal
Como miembro de la Unión Europea, Portugal se adhiere al Reglamento (UE) nº 910/2014, también llamado eIDAS, que regula la identificación electrónica y los servicios de confianza. Esta ley se introdujo en 2014 y entró plenamente en vigor en 2016. Supervisa el uso de la firma electrónica.
eIDAS reconoce tres tipos de firmas: Firma Electrónica Simple (SES), Firma Electrónica Avanzada (AdES) y Firma Electrónica Cualificada (QES). Una QES tiene los estándares más estrictos y requiere un certificado emitido por un dispositivo cualificado de creación de firmas.
Varias leyes portuguesas también regulan el uso de firmas electrónicas, incluido el Decreto-Ley N.º 12/2021, que gestiona la implementación de eIDAS; el Decreto-Ley N.º 7/2004, que regula el comercio electrónico; y el Decreto-Ley N.º 28/2019, que gestiona las normas de facturación electrónica.
Trabaje con un profesional legal para asegurarse de que está cumpliendo con todas las leyes y regulaciones relevantes de firma electrónica.
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