Guía de legalidad de firma electrónica de Noruega

Consulte los datos específicos de cada país sobre las leyes y reglamentos de firma electrónica.

Legalidad de la firma electrónica en Noruega

Noruega sigue el principio de libertad de contrato y forma, lo que significa que generalmente no se requieren formatos y formularios específicos para contratos y firmas. Sin embargo, existen varias leyes aplicables al uso de firmas electrónicas.

Noruega no es un estado miembro de la Unión Europea, pero como miembro del Espacio Económico Europeo y la Asociación Europea de Libre Comercio, ha integrado la ley de la UE sobre servicios de confianza electrónicos e identificación digital, el Reglamento (UE) n.º 910/2014, conocido como eIDAS. La ley noruega LOV-2018-06-15-44 incorpora el marco de firma digital eIDAS a la legislación noruega, con algunas adaptaciones.

eIDAS proporciona tres tipos de firmas digitales con diferentes requisitos: Firma Electrónica Simple (SES), Firma Electrónica Avanzada (AdES) y Firma Electrónica Cualificada (QES), que conlleva los requisitos más estrictos.

La ley FOR-2019-11-21-1577 de Noruega también es relevante para las firmas electrónicas. Abarca los servicios de confianza y las transacciones electrónicas y adapta las leyes pertinentes de la UE.

Contacte a un profesional legal para asegurarse de que está cumpliendo con todas las leyes y regulaciones pertinentes.

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